Asamblea expresó su ‘inconformidad’ con el veto total del Presidente a la Ley para registrar resoluciones de la jurisdicción indígena en conflictos internos de tierras | Política | Noticias

A través de un comunicado, la Asamblea Nacional expresó “su inconformidad con la objeción total” enviada por el presidente, Daniel Noboa, a la reforma de la Ley de Registro, que trata sobre las resoluciones de la jurisdicción indígena en conflictos internos de tierras.

El Legislativo señaló que la decisión del Jefe de Estado “demuestra que no contribuye a la construcción del Estado constitucional de derechos y justicia, intercultural y plurinacional”.

En el documento, que fue difundido en redes sociales este jueves, 24 de octubre de 2024, se indica que el veto total del Primer Mandatario “tampoco observa el alcance de los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades del Ecuador”.

No obstante, la Asamblea manifestó que continuarán con su trabajo de legislar en respuesta a las demandas ciudadanas. El pronunciamiento del Legislativo ocurre horas después de que el presidente Noboa informó su veto total al proyecto elaborado por los legisladores. Este no es el único veto total que el Primer Mandatario emitió estos días. Apenas el 22 de octubre, el presidente Noboa también objetó totalmente el proyecto de reformas al Código de Ambiente.

En el caso de Ley de registro, el Ejecutivo lo vetó totalmente debido a la incorporación de un artículo que plantea que las resoluciones emanadas de la jurisdicción indígena, en el caso de conflictos internos de tierras, puedan ser sujetas a registro.

Además, Noboa dice que el proyecto incorpora dos disposiciones. En la primera se establece la creación de un libro correspondiente para la inscripción de este tipo de resoluciones. Y la segunda trata de que los gobiernos autónomos descentralizados municipales puedan desarrollar ordenanzas municipales que viabilicen su registro.

De allí que en el veto total, el presidente dice que esta normativa se contrapone con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. En este documento se establece que “los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural”. (I)

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