Análisis: El presidente Daniel Noboa mandó, retiró, corrigió y reenvió su proyecto urgente de ley de lavado de activos en menos de 24 horas | Política | Noticias

En menos de 24 horas, el Gobierno de Daniel Noboa envió, retiró, corrigió y volvió a mandar el proyecto urgente de Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos.

La primera versión llegó a la Asamblea Nacional cerca de las 23:00 del pasado jueves 7 de noviembre del 2024.

En ella se planteaba la creación de un impuesto “a los vehículos motorizados destinados al transporte terrestre con la finalidad de formalizar la actividad de compra y venta de vehículos”.

Se indicaba que el hecho generador del impuesto consistía en la “propiedad del vehículo motorizado destinado al transporte terrestre ocurrido al 1 de enero de cada ejercicio fiscal”.

También se mencionaba que la base imponible de este impuesto se establecería con la información sobre los precios de venta al público. Y se proponía la aplicación de tasas según cuatro grupos (motocicletas y similares; automóviles, camionetas y SUV; camiones; y buses de transporte público y taxis) y en diferentes escalas, de acuerdo al tipo, desde el 0,30 % al 10 %.

Con ello se entendía que ese impuesto alcanzaba a todos los propietarios de vehículos de la características descritas.

Para justificar el envío del proyecto, Noboa posteó la mañana de este este viernes, 8 de noviembre del 2024, en sus redes sociales que el objetivo era “que dejen de lavar dinero con esos carros de alta gama usados que todos hemos visto en patios irregulares y que solo ciertas personas tienen; que dejen de usar los equipos de fútbol para introducir dinero ilícito a la economía; y que los consorcios de radares dejen de cobrar multas injustificadas a los ecuatorianos para enriquecerse ellos”. Y pidió al Consejo de Administración Legislativa (CAL) que lo califique.

En el informe del Ministerio de Economía y Finanzas que se adjuntó a la primera versión de la iniciativa presidencial se reseñaba que esta proponía la “creación de un impuesto vehicular simplificado, en sustitución de los vigentes impuestos: 1) impuesto a los vehículos y 2) impuesto sobre el valor de la compra de vehículos usados”. Algo que no se mencionaba en la iniciativa del Ejecutivo original.

El proyecto causó malestar entre los legisladores de oposición, y sorpresa entre los oficialistas, estos últimos incluso dijeron en privado que no reflejaba el espíritu de las intenciones del mandatario; y además hubo críticas desde los gremios del sector que describieron al impuesto como una suerte de “doble matrícula”.

Y antes de las 13:00 de este viernes 8 Noboa envió un oficio al Legislativo para retirar ese proyecto. Unos pocos minutos después envió la nueva versión de la ley.

En esta ya se precisa que se establecerá un “impuesto a la transferencia de los vehículos motorizados usados, destinados al transporte terrestre, con la finalidad de formalizar la actividad de compra y venta de vehículos, y eliminar el impuesto establecido en la Ley Sustitutiva a la Ley de Creación del Fondo de Vialidad para la Provincia de Loja (Fondvial)”.

Según el texto, el hecho generador de este impuesto consiste en la transferencia de propiedad del vehículo motorizado usado a título de compraventa. Las partes deberán practicar el reconocimiento de firmas del contrato de compraventa ante un notario o juez para que el título translaticio de dominio surta efectos.

La base imponible está constituida por el precio de venta del vehículo usado. Este valor no podrá ser inferior al avalúo del bien que se halle registrado en la base de datos del Servicio de Rentas Internas (SRI), se reseña en la iniciativa.

Sobre la base imponible se aplicarán las tarifas establecidas en una tabla progresiva que se expida en el reglamento a esta normativa, sin que aquellas superen el 5 %.

El pago de este impuesto será requisito previo para la obtención de la matrícula vehicular por parte de la entidad competente de tránsito.

Se aclara que la transferencia de vehículos nuevos no pagará el impuesto.

En la norma también se plantea la creación de las sociedades anónimas deportivas, lo cual generaría que los clubes paguen impuesto a la renta (IR); y se propone un cambio en la forma de elegir al director de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).

Por ser urgente en materia económica, la Asamblea Nacional tiene 30 días para tramitar el proyecto de norma; de no hacerlo entrará en vigencia por el ministerio de la ley. (I)

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