El empresario guayaquileño Jan Topic _auspiciado por el partido Sociedad Unida Más Acción (SUMA), lista 23_ no podrá participar en las elecciones presidenciales de 2025, luego de que la noche de este domingo el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), con cuatro votos a favor, resolvió aceptar las impugnaciones a su candidatura.
La decisión del pleno del TCE es de última instancia y solo cabe la solicitud de recursos horizontales como aclaración y ampliación de la sentencia.
“(Estos cuatro jueces) se dejaron llevar por intereses ocultos. Pero esto no termina aquí… vamos a reagruparnos, tenemos que escoger la mejor candidatura que nos represente”, dijo el excandidato presidencial. “Pese a lo que dijeron estas cuatro personas nefastas para el país, mañana (vamos a) retomar la lucha con la mejor candidatura posible; y, en febrero, ir y ganar. Que esos cuatro jueces nos escuchen: democracia, sí, dictatura no”, agregó.
El pleno del organismo se reunió de forma extraordinaria, de manera presencial, la noche de este 10 de noviembre 2024, para conocer el proyecto de sentencia elaborado por el juez ponente y vicepresidente, Ángel Torres, que fue aprobado.
Votaron a favor los jueces Ivonne Coloma, presidenta del TCE, Guillermo Ortega, Joaquín Viteri y Ángel Torres. En tanto que Fernando Muñoz votó en contra.
“Hoy lastimosamente tuvimos un juez, uno, que luchó por la democracia del país. A este juez lo saludamos, un patriota. Los otros lastimosamente, como bien dijo el juez patriota, se dejaron llevar por intereses ocultos”, dijo Topic a los seguidores que lo acompañaban en las afueras del TCE, donde escuchaban en directo la sesión.
En el fallo elaborado por Torres se concluye que Topic sí incurre en la prohibición legal de tener contratos con el Estado al momento de su inscripción en septiembre pasado porque, si bien había vendido sus acciones en ciertas empresas a su hermano y a su padre, él sigue siendo el “beneficiario final”; es decir, quien tiene el control efectivo sobre las decisiones que se toman en ellas, lo cual podría generar un conflicto de intereses.
Según la resolución, el Servicio de Rentas Internas (SRI) refirió que no hay constancia del traspaso de la propiedad de las empresas relacionadas; y que la representación legal de otras no se ha extinguido conforme a derecho.
En la sentencia se menciona que SUMA tendrá el plazo previsto en la ley para reemplazar la candidatura de Topic, y envía el expediente a la Contraloría General del Estado para que investigue los hechos expuestos. (I)