Así los ecuatorianos en el exterior pueden hacer el reconocimiento de discapacidad | Ecuador | Noticias

El Ministerio de Salud Pública (MSP) ha buscado modernizar los servicios para la población vulnerable al digitalizar el proceso de calificación y reconocimiento de la discapacidad para los ecuatorianos residentes en el exterior. Esta iniciativa busca garantizar un acceso más ágil y eficiente a los trámites que otorgan el reconocimiento de la discapacidad, pues facilita la gestión desde cualquier parte del mundo.

Anteriormente, el tiempo de respuesta para completar estos trámites podía extenderse hasta dos meses. Sin embargo, con la optimización del proceso, ahora los usuarios pueden recibir una respuesta en seis días laborables, desde la fecha de ingreso del trámite.

El proceso digitalizado permite a los ecuatorianos que viven fuera del país realizar su solicitud en línea a través de la plataforma gob.ec desde cualquier lugar con acceso a internet. Para comenzar, los usuarios deben cargar la documentación requerida directamente en el sistema. Posteriormente, esta información es validada por la Dirección de Cooperación y Relaciones Internacionales del MSP.

Si se detectan documentos faltantes o errores, el analista se comunica con el solicitante para resolver las incidencias. En caso de que la documentación esté completa, el caso se remite a un médico calificador de la Dirección Nacional de Discapacidades, Rehabilitación y Cuidados Paliativos (DNDCP), quien emite la resolución correspondiente en un plazo máximo de tres días laborables.

Requisitos

  • Cédula de identidad o pasaporte ecuatorianos.
  • Solicitud de reconocimiento de la discapacidad emitida en el exterior (ingresada en la plataforma gob.ec), suscrita por el paciente, representante legal, tutor, curador o el responsable del cuidado de la persona con discapacidad.
  • La documentación que permita respaldar la calificación de discapacidad otorgada en el exterior, resolución o dictamen emitido por el organismo público competente, en idioma español, apostillada o legalizada según corresponda, esta debe contener mínimo la siguiente información: datos de identificación del paciente (nombres y apellidos y/o n.º de identificación), el diagnóstico, tipo de discapacidad, descripción y porcentajes de la evaluación.

La digitalización de este trámite surge como respuesta a una solicitud formal de la Cancillería ecuatoriana, que planteó la necesidad de reconocer de manera oficial las condiciones de discapacidad de los ciudadanos ecuatorianos que hayan sido diagnosticados en otros países. Con esta medida, los ecuatorianos en el exterior ahora pueden gestionar el reconocimiento de sus dictámenes de discapacidad, ya sean emitidos en Ecuador o en el extranjero, sin necesidad de trasladarse a consulados o embajadas. (I)

Fuente

Comparte esta noticia