Tomó algunos días, pero finalmente la Junta de Política y Regulación Financiera expidió la resolución que requería la banca para instrumentar mecanismos de alivio financiero a sus clientes deudores.
La normativa permite que las entidades del sistema financiero público, privado y popular y solidario, además de reestructurar y refinanciar, puedan aplazar el pago de cuotas por vencer en operaciones de crédito, trasladar las cuotas diferidas al final de la tabla de amortización, determinar el cobro o no de intereses y, todo esto, a pedido de los usuarios o por iniciativa de la entidad.
La crisis económica que se deriva de la actual emergencia energética se perfila como algo más grave que lo ocasionado en el 2020 por la pandemia de COVID-19. Fue necesario entonces y era necesario ahora, que el órgano regulador ejerza las facultades que le otorga la ley para “evaluar los riesgos a la estabilidad financiera” y “emitir el marco regulatorio prudencial” al que deben sujetarse las entidades bajo su ámbito de acción.
El mercado de valores también fue afectado en los días de la pandemia y es muy probable que la crisis económica que ahora enfrentamos ocasione que algunos emisores de valores incurran en incumplimientos de pagos a inversionistas.
A principios de abril de 2020, la junta financiera emitió normativa para facilitar diferimientos de pagos a los emisores de obligaciones, de valores de titularización y de facturas comerciales negociables, con el acuerdo de los inversionistas tenedores de títulos y sin que esto constituya incumplimiento (default). Según información de Bolsa de Valores de Quito, fueron 54 emisores y 7 fideicomisos de titularización los que se acogieron al régimen transitorio establecido en el marco del estado de excepción decretado por la emergencia sanitaria.
Más adelante en ese año, también expediría normas para regular los mecanismos electrónicos para la recepción de órdenes de comitentes, así como normas para la celebración de reuniones de cuerpos colegiados (asambleas, comités, juntas) a través de medios telemáticos.
En retrospectiva, podría decirse que la junta financiera intervino de forma decidida y expedita, ante un escenario complejo e incierto agravado por un abrupto encierro, el colapso de todo el sistema de salud y la conmoción general ante dolorosos eventos que miles de familias tuvieron que afrontar.
Sin embargo, la junta financiera del 2020 no es la misma que la de ahora. La que actuó durante la pandemia estaba conformada por ministros de estado (finanzas, producción, secretaría de planificación) y un delegado del presidente de la República. Es decir, por funcionarios del Ejecutivo que estaban participando directamente en el manejo de aquella crisis.
La actual junta financiera tiene una nueva conformación desde el 2021 y probablemente una dinámica de funcionamiento diferente. Con tres miembros designados por la asamblea nacional (de ternas enviadas por el ejecutivo), con cargos a tiempo completo y por períodos de cuatro años, habrá que estar pendientes del alcance y de lo oportuno de sus actuaciones en las circunstancias que atraviesa el país.
Ahora mismo, es de esperar que ya estén recabando y analizando información de parte de la superintendencia de compañías, bolsas de valores, depósitos centralizados, representantes de obligacionistas, calificadoras de riesgo, entre otros, que les permita establecer los términos adecuados para que el mercado de valores pueda también contar con mecanismos excepcionales de alivio financiero. El tiempo apremia. (O)