Los contribuyentes en Quito ya pueden pagar el impuesto predial y aportes adicionales a través de canales digitales.
Para el impuesto predial se toma en cuenta el avalúo de los predios registrados en el catastro municipal hasta el 31 de diciembre de 2024, explicó el Municipio capitalino. Es un tributo que grava la propiedad de los bienes inmuebles ubicados en el Distrito Metropolitano.
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Si el contribuyente no lo cancela, el cabildo quiteño puede ejercer la acción coactiva como parte de sus facultades para garantizar el cobro de sus ingresos tributarios y no tributarios.
El impuesto predial, según el Municipio local, es un valor económico o tributo que grava la propiedad de los bienes inmuebles ubicados en el Distrito Metropolitano y que se paga una sola vez al año. Lo cancelan todas las personas que son propietarias de uno o varios bienes inmuebles.
Los valores que se pagan en el impuesto predial son los siguientes: el impuesto al bien inmueble, tasa por servicios de seguridad ciudadana, convivencia ciudadana y gestión de riesgos, contribución al Cuerpo de Bomberos de Quito y contribución especial de mejoras.
¿Dónde se lo paga?
El pago del impuesto predial puede realizarse en ventanillas de las entidades del sistema financiero a nivel nacional, pagos en línea y mediante débito bancario a través de la red Facilito, en el portal de servicios municipales, corresponsales no bancarios —como Western Unión—, banca en línea y también se puede acceder a convenios de pago.
El impuesto predial puede pagarse a lo largo del año fiscal sin necesidad de notificación de la tesorería municipal.
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Se pueden verificar los valores de impuesto a pagar en el portal de servicios municipales: https://servicios.quito.gob.ec/ , opción “Consulta de obligaciones”, con el número de predio por nombres y apellidos.
Aquellas personas que realicen el pago en los primeros meses del año se benefician de descuentos hasta el 10 % por pronto pago.
Desde el primero de julio de 2025, el impuesto predial urbano tendrá un recargo del 10 %, y desde del 1 de enero de 2026 se aplicarán intereses por mora tributaria, indicó el cabildo.
Los contribuyentes pueden pagar su obligación al Municipio con el 10 % de descuento hasta el 15 de enero. Cada quincena este descuento va disminuyendo de manera progresiva. Así, por ejemplo, la última semana de junio, del 16 al 30, se pagará con una rebaja del 1 %. (I)