Simón Pachano: Una temporada en el infierno | Columnistas | Opinión

La reiterada decisión del presidente de la República de encargar la Vicepresidencia mientras la titular del cargo cumple la función que él la encomendó tiene larga cola, ya que genera un enredo legal y constitucional y puede constituirse en un precedente muy grave.

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El enredo se refiere a que la Constitución establece que quien ejerza la Vicepresidencia “cuando no reemplace a la Presidenta o Presidente de la República ejercerá las funciones que ésta o éste le asigne” (artículo 149. Las mayúsculas y las tildes constan en el original). Está claro que el ejercicio de esas funciones las desarrollará en su condición de vicepresidenta o, dicho de otra manera, esta no se pierde por el encargo de cualquier tarea que le asigne el presidente. Por el contrario, debe desempeñar esas funciones precisamente porque es vicepresidenta y no una funcionaria escogida por otros méritos. En todo el texto constitucional no se encuentra una sola frase que determine la pérdida de la condición de segunda mandataria, que, además, es un cargo de elección popular y no de libre remoción. Por consiguiente, el cargo vicepresidencial no está vacante y no corresponde llenarlo con otra persona.

Es prácticamente inevitable que esta decisión tenga efectos nefastos en el desempeño político de los próximos años. Conociendo la viveza criolla que predomina en la política nacional, no es difícil suponer que esta puede ser la vía para que futuros –o futuras– gobernantes puedan utilizar ese mecanismo para colocar en la Vicepresidencia a personas que están impedidas de participar electoralmente o que pueden constituir un lastre electoral. Bastará escoger como candidatas para esos puestos a estrellas de televisión o del deporte, como ya se lo hace en muchos casos, para sustituirlas después por algún personaje sin carisma ni atractivo alguno, pero adecuado a objetivos poco confesables del mandatario. Puede ser el camino para que personajes procesados por la justicia lleguen a ese cargo sin más requisito que la voluntad presidencial. Además, el voto ciudadano, con el que se eligió a los integrantes del binomio queda como papel mojado.

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En medio de todo esto, en la semana pasada se conoció que el presidente prácticamente ha tomado la decisión de no acogerse a la licencia temporal porque no hará campaña. Esto significaría que todo el problema armado por la sustitución temporal de la vicepresidenta habría sido inútil. En efecto, si no fuera a dejar el cargo, no sería necesario su reemplazo. Pero, el problema no se soluciona con eso, ya que la disposición legal (Código de la Democracia, artículo 93) no condiciona la separación temporal del cargo a que haga o no haga actos de campaña. Dado que está inscrito, él está en campaña y, como dirían los juristas, eso basta y sobra. Buscando argumentos para permitirle mantenerse en el cargo mientras dure la campaña, desde el Gobierno se sostiene que no se trata de una reelección y para ello presentan como antecedente lo sucedido con Rafael Correa en 2009. Obvian que eso fue posible porque se aprobó una nueva Constitución, con lo que el juego comenzaba desde cero.

Por todo lo señalado, si imperara la ley, Daniel Noboa debería acogerse a la licencia y el país estaría condenado, bajo la señora Abad, a sufrir una temporada en el infierno (en palabras de Rimbaud). (O)

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